AFIP como organismo tributario, se encarga de la aplicación, percepción, recaudación y fiscalización de las rentas e impuestos nacionales, internos mediante la Dirección General Impositiva (DGI), así como sobre la nómina salarial en base a la Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social, y externos mediante la Dirección General de Aduanas. Además de regular las obligaciones y derechos de los contribuyentes.
En este post de hoy vamos a ayudaros a conocer mejor la Administración Federal de Ingresos Públicos, más conocida como la AFIP.
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Cómo pagar impuesto cedular
Si no estás inscripto en el impuesto y tus rentas financieras no superan los $200.000 en el período que estás declarando, podés optar por este procedimiento.
Para realizar el trámite vas a tener que generar un VEP de la siguiente manera:
- Ingresá al servicio con clave fiscal “Presentación de ddjj y pagos”.
- En el campo “grupo de tipo de pagos”, seleccioná la opción Cedulares – rendición o enajenación valores o depósitos a plazo.
- En “tipo de pago”, elegí la opción Cedulares – valores o depósitos – pago único (F.2.121).
El sistema te va a requerir ciertos datos, como: el total del del rendimientos o resultado bruto por titular en moneda nacional, sin descontar gastos ni deducción especial (alícuota del 5%), y el total del rendimiento o resultado bruto por titular en moneda nacional con cláusula de ajuste o moneda extranjera, sin descontar gastos ni deducción especial (alícuota del 15%).
Recordá que el VEP – F.2121 vence a las 24 horas de su generación y puede utilizarse para un único pago. Además, si tenés que rectificar lo declarado en el VEP, vas tener que presentar una declaración jurada de acuerdo a lo indicado en la Resolución General N° 4.468.
Cómo se determina el impuesto cedular
Para consultar el Impuesto Medular puedes ingresar al siguiente enlace https://serviciosweb.afip.gob.ar/consultas/consulta.aspx
Qué son las alicuotas y cuáles son
Se entiende por alícuota al porcentaje legal aplicable sobre la base imponible para la determinación de tributos. Por ejemplo, la alícuota del IVA (Impuesto al Valor Agregado) es del 13%.
Según el Código Tributario, se entiende por alícuota al valor fijo o porcentual establecido por ley, que debe aplicarse a la base imponible para determinar el tributo a pagar. (Ref. Art. 46 C.T.)
Qué es el AFIP
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) es el organismo que tiene a su cargo la ejecución de la política tributaria, aduanera y de recaudación de los recursos de la seguridad social de la Nación.
Fue creada en 1997(*) y está integrada por la Dirección General de Aduanas (DGA), la Dirección General Impositiva (DGI) y la Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social (DGRSS).
Estructura AFIP
- Dirección General Impositiva (DGI): se encarga de la aplicación, percepción, recaudación y fiscalización de impuestos nacionales. También tiene potestad para establecer sanciones y multas a aquellos contribuyentes que no cumplen efectivamente con la ley.
- Dirección General de Aduanas (DGA): encargada de la aplicación de la legislación relativa a la importación y exportación de mercaderías y el control de los bienes que ingresan o egresan en el territorio aduanero.
- Dirección General de Recursos de la Seguridad Social (DGRSS): está a cargo de la recaudación y fiscalización de los recursos que financian las prestaciones de la Seguridad Social. Esta dirección trabaja conjuntamente con el Ministerio de Trabajo de la Nación.
Cuáles son sus funciones
Las funciones y facultades de la AFIP son diversas y amplias como las de la aplicación, percepción y fiscalización de los tributos y accesorios que establezcan las normas legales de la Nación. Además de las siguientes funciones y facultades:
- Los tributos gravados por operaciones en el ámbito territorial y en los espacios marítimos, sobre los que se ejerce total o parcial potestad tributaria nacional.
- Los tributos gravados por la importación y exportación de mercaderías, además de otras operaciones regidas por leyes y normas aduaneras estuvieran o le fueran encomendadas.
- Los recursos de la seguridad social respecto a:
- Los regímenes nacionales de jubilaciones y pensiones, sean de trabajadores en relación de dependencia o autónomos.
- Los subsidios y asignaciones familiares.
- El Fondo Nacional por situaciones de cualquier naturaleza surgidas de la aplicación y cumplimiento de las normas legales.
- El control del tráfico internacional de mercaderías según las normas legales.
- La clasificación arancelaria y valoración de las mercaderías.
- Todas las funciones surgidas de su misión y para su administración interna.
Atenciones AFIP
CANAL TELEFÓNICO Centro de Información Telefónica
- 0810-999-2347
- De Lunes a Viernes, de 8 a 18 horas.
Teléfono exclusivo para: Monotributistas. Empleados en relación de dependencia. Jubilados. Futuros contribuyentes.
- 0800-999-2347
- De Lunes a Viernes, de 8 a 18 horas.
Teléfono para gestionar los siguientes trámites: ITI / Certificado de no retención del impuesto a la transferencia de inmuebles. COTI / Código de oferta de transferencia de inmuebles (COTI), sólo para situaciones de inoperatividad del sistema con clave fiscal. Otros Teléfonos Trabajadores de Casas Particulares
- 0800-222-2526
De Lunes a Viernes, de 8 a 18 horas. Denuncias
- 0800-999-3368
Ingresá a www.afip.gob.ar/Denuncias. De Lunes a Viernes, de 10 a 16 horas. Aduana – Declaración de los elementos relativos al Valor
- 4347-2950/3080/2829/3091
Teléfono para consultas relacionadas con la Resolución General AFIP N° 2010/2006 Reclamos y Sugerencias
- 0800-999-2347
De Lunes a Viernes, de 9 a 17 horas.
Canal WEB
Consultas Normativas, Aplicativos y Sistemas.
En este canal se responden consultas:
- Impositivas, previsionales y aduaneras.
- Sobre aplicativos y sistemas.
Asesor Impositivo
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Reclamos y Sugerencias
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Página WEB
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Previsionales
Aquí podrás enviar consultas sobre la seguridad social.
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